Primera sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que regulan cosa juzgada.
La gestión pendiente incide en los autos sobre demanda de reclamación de filiación no matrimonial, que conoce el Juzgado de Familia de Concepción.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 175 y 177 del Código de Procedimiento Civil.
La gestión pendiente incide en los autos sobre demanda de reclamación de filiación no matrimonial, que conoce el Juzgado de Familia de Concepción.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la otra parte de la gestión judicial invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
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