Primera sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre incompatibilidades de concejales que transgredirían igualdad ante la ley.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección de que conoce la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 75, inciso primero de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades: norma referida a las incompatibilidades del ejercicio de cargo de concejal con otros dentro de la misma municipalidad que representa.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección de que conoce la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión pendiente, individualizadas en el respectivo certificado de autos.
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