Primera sala.
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma sobre multa por tala de bosque nativo.
La gestión pendiente incide en autos sobre denuncia por tala de bosque nativo no autorizada de que conoce el Juzgado de Policía Local de Chépica.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 51 de la Ley Nº 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.
La gestión pendiente incide en autos sobre denuncia por tala de bosque nativo no autorizada de que conoce el Juzgado de Policía Local de Chépica.
La Primera Sala del TC declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad por cuanto los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento a todos los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, en relación con lo previsto en el artículo 84 de la LOCTC.
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