Fue declarado admisible.
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas que incidirían en reclamación contra el SII por recalificar contratos de promesa de compraventa.
La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación tributaria, de que conoce la Corte de Santiago por recurso de apelación.

El TC declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 21 inciso primero y 24 inciso primero, en la parte que indica, ambos del Código Tributario.
La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación tributaria, de que conoce la Corte de Santiago por recurso de apelación, en los que la empresa requirente reclamó la recalificación que hizo el Servicio de Impuestos Internos (SII) de unos contratos de promesa de compraventa, considerándolos contratos de compraventa para efectos tributarios.
La requirente estima que los preceptos impugnados vulnerarían el principio de la buena fe, por cuanto se impone al contribuyente la carga de probar la verdad de sus declaraciones, mientras el principio exige precisamente lo inverso: estarse a los dichos de las personas y acreditar la eventual falsedad de ellos. Asimismo, considera que infringirían el debido proceso, ya que se autoriza al SII a proceder directamente a recalificar un contrato sin necesidad de imputar mala fe o fraude, ni menos probar tales circunstancias en un procedimiento racional y justo, en que el contribuyente afectado tenga al menos la posibilidad de formular sus alegaciones y acreditar sus pretensiones.
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