Segunda sala.
TC se pronunciará respecto del fondo de requerimiento que impugna norma del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección.
La gestión pendiente invocada incide en un recurso de protección, ventilado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en actual apelación ante la Corte Suprema.

Se solicitó declarar inconstitucional el numeral 1° del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales de la Corte Suprema, en la parte que establece el plazo fatal de 30 días para su interposición.
La gestión pendiente invocada incide en un recurso de protección, ventilado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en actual apelación ante la Corte Suprema.
El requirente sostiene que la norma impugnada vulnera los artículos 5; 6; 7; 19 N° 3, 4 y 26 de la Constitución Política, por cuanto el Auto Acordado limita, en razón de un plazo, el ejercicio de derechos y garantías fundamentales, en circunstancias que dicho estatuto tiene su origen en una inapropiada toma de atribuciones que no tiene fundamento constitucional ni legal.
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