Tribunal Pleno.
TC se pronunciará sobre el fondo de requerimientos de inaplicabilidad que impugnan norma de la Ley del Tránsito referida a la suspensión de la licencia de conducir por acumulación de infracciones.
(...) al estimar que el precepto legal cuestionado podría resultar decisivo en la gestión judicial, que la acción de inaplicabilidad se encuentra razonablemente fundada y que no concurre ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en la precitada disposición legal.

El Juez de Policía Local de María Pinto, conociendo de dos causas sobre acumulación de infracciones a la Ley de Tránsito, y como medida para mejor resolver, promovió ante la máxima Magistratura Constitucional sendos requerimientos de inaplicabilidad con el objeto de que se pronuncie sobre los eventuales efectos contrarios a la Constitución que pudieran derivarse de la aplicación de los artículos 207, letra b), de la Ley Nº 18.290, del Tránsito; y de los artículos 39 y 40 de la Ley Nº 18.287, que establece los procedimientos ante los Juzgados de Policía Local.
La Segunda Sala del TC, por la unanimidad de los ministros que la integran, Raúl Bertelsen, Marisol Peña, Carlos Carmona, José Antonio Viera-Gallo e Iván Aróstica, declaró, en días pasados, admisibles las impugnaciones, luego de verificar que cumplen con los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso undécimo, de la Constitución Política, en relación con lo dispuesto en el artículo 84 de la LOCTC, al estimar que el precepto legal cuestionado podría resultar decisivo en la gestión judicial, que la acción de inaplicabilidad se encuentra razonablemente fundada y que no concurre ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en la precitada disposición legal.
Junto con declarar admisibles los requerimientos, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado al Juez de Policía Local de María Pinto y a los denunciados en las gestiones pendientes para que en el plazo de 20 días formulen las observaciones que estimen pertinentes y acompañen los antecedentes que consideren necesarios, y dispuso, además, ponerlo en conocimiento, para iguales fines, del Presidente de la República, del Senado y de la Cámara de Diputados.
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