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Implementación del Convenio 169 OIT.

Senado avanza en el estudio de los mecanismos de consulta a los pueblos indígenas.

A propósito de la implementación del Convenio 169 de la OIT, especialmente del deber de consultar “a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”, tema actualmente regulado en Decreto Supremo 124/2009 de Mideplan, es […]

25 de octubre de 2011

A propósito de la implementación del Convenio 169 de la OIT, especialmente del deber de consultar “a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”, tema actualmente regulado en Decreto Supremo 124/2009 de Mideplan, es que la Comisión de Derechos Humanos avanza en la discusión para determinar la fórmula definitiva a través de la cual se ejecutarán los mecanismos de consulta a los pueblos indígenas.

En la instancia, los senadores Ruiz-Esquide y Lily Pérez, expresaron que «en las próximas semanas recibiremos de parte de los organizadores del Encuentro Nacional de Parlamentarios entre Pueblos Indígenas y el Congreso Nacional, cuáles serán los cambios necesarios que se necesitan para llevar adelante la consulta próxima».

En la ocasión se contó con la participación del Ministro de Desarrollo Social, Joaquín Lavín; el director Nacional de Conadi, Jorge Retamal y un representante de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. El Ministro, señaló que la idea es finalizar con el debate y fijar los mecanismos de consulta en Diciembre del presente año, además destacó que “el Ejecutivo se encuentra dispuesto a poner en marcha este proceso con la nueva organización de los pueblos indígenas y abierto a suspender el decreto 124”.

Finalmente se espera que los dirigentes de los pueblos originarios presenten un informe con los puntos principales para abordar la consulta, y posteriormente realizar una elección de los representantes de cada pueblo indígena –aproximadamente diez- con el objeto de trabajar sólo con ellos para adoptar los acuerdos.

 

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