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Se confirió traslado.

TC resolverá admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que excluye al sector público del pago total de remuneraciones en el subsidio por descanso post natal parental.

la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de gestión en que incide el requerimiento.

27 de junio de 2012

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la primera parte del inciso segundo del artículo 6º de la Ley N° 20.545, en cuanto excluye a los funcionarios públicos, de la aplicación del artículo 153 del DFL Nº 1 del Ministerio de Salud, de 2006, que establece que los funcionarios públicos durante el goce de licencia por enfermedad, descanso de maternidad o enfermedad grave del hijo menor de un año, tendrán derecho a la mantención del total de sus remuneraciones y que su pago corresponderá al servicio o institución empleadora.
La gestión judicial invocada incide en dos procesos protección en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de gestión en que incide el requerimiento. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Ver el texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2250.

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