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Acción improcedente.

CS rechazó protección contra establecimiento educacional de Quillota.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso, limitándose la Corte Suprema a confirmar la sentencia apelada sin modificaciones.

19 de mayo de 2014

Se dedujo acción de protección en contra del Colegio Nuestra Señora del Huerto de Quillota, por no haber adoptado las medidas necesarias para garantizar la permanencia de una alumna que padece de la condición de Asperger.

La recurrente –en representación de su hija- estimó que la actitud del colegio vulneró su derecho a la honra y la garantía del debido proceso -en tanto no se le permitió una defensa técnica-, el derecho a la igualdad -toda vez que el colegio tiene alumnos con Asperger y respecto de ellos sí se tomaron medidas-, y el derecho de propiedad.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso, limitándose la Corte Suprema a confirmar la sentencia apelada sin modificaciones.

En su fallo, el Tribunal de alzada consideró en primer lugar que la cuestión de fondo traspasó los límites normales de la acción, en razón de que los hechos por los cuales se inició fueron controvertidos por las partes, lo que debe probarse en un juicio de lato conocimiento. Por ende, esta no era la vía idónea para lograr el objetivo solicitado. Adicionalmente, arguyó que la acción no precisó el acto o hecho ilegal o arbitrario y tampoco los requisitos de entidad y gravedad necesarios para que de una manera directa e inequívoca perturben, amenacen o priven a la afectada de las garantías constitucionales que se estimaron conculcadas. Por otro lado, el Tribunal de instancia señaló que el recurso era totalmente improcedente, por cuanto la menor se encontraba matriculada y asistiendo a clases en otro colegio.

Finalmente, y en virtud de los antecedentes presentados, se tuvo por establecido que, ante la Superintendencia de Educación Escolar Región Valparaíso, se estaba tramitando una investigación al respecto. En consecuencia, la situación referida se encontraba debidamente resguardada, no obstante de los derechos que pueda hacer valer la parte recurrente.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol N° 6759-2013.

Vea texto de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 10355-2014.

 

 

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