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Suspensión con disidencia.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre abuso en el ejercicio de abogado y apelación de auto apertura.

La gestión pendiente invocada incide en autos sobre abuso malicioso del oficio de abogado y falsificación de instrumento público de que conoce el Tribunal Oral en lo Penal de Copiapó.

21 de noviembre de 2014

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 231 del Código Penal y la parte del artículo 277 del Código Procesal Penal referido a la apelación del auto de apertura por exclusión de pruebas.

La gestión pendiente invocada incide en autos sobre abuso malicioso del oficio de abogado y falsificación de instrumento público de que conoce el Tribunal Oral en lo Penal de Copiapó.

La suspensión de procedimiento fue acordada con el voto en contra de los Ministros Fernández Fredes y Hernández Emparanza, quienes estuvieron por no concederla, por ahora.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia y expediente Rol N° 2738-14.

 

 

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