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Cláusulas abusivas.

Corte de Santiago dicta sentencia y condena a operadora de tarjeta de crédito por infracción a ley del consumidor.

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena dictada en contra de la empresa de tarjetas «Crédito Organización y Finanzas S.A.» (Cofisa) por una serie de infracciones a la Ley del Consumidor en la operación de las tarjetas de la multitienda ABC-DIN.

26 de enero de 2015

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena dictada en contra de la empresa de tarjetas «Crédito Organización y Finanzas S.A.» (Cofisa) por una serie de infracciones a la Ley del Consumidor en la operación de las tarjetas de la multitienda ABC-DIN.

En su sentencia, expuso la Corte capitalina ratificó la condena por cláusulas abusivas en los contratos denominados «Informativo convenio», para renegociar deudas de los clientes de la Multitienda, sancionando en consecuencia con una multa de 40 UTM (unidades tributarias mensuales) por cada una de las cinco infracciones a la Ley del Consumidor cometidas por Cofisa, las que se refieren al artículo 3 letras  a) y b), sobre derecho a la elección de bienes y servicios y derecho a información veraz, respectivamente; artículo 4, sobre derechos del consumidor; artículo 12, respecto de términos y condiciones pactadas; artículo 16 letra g), sobre vulneración del principio de la buena fe,  y el artículo 23, sobre menoscabo al consumidor.

De igual modo, el tribunal de alzada ratificó las sanciones aplicadas por el 22° Juzgado Civil de Santiago, quien (en causa rol 1746-2012), en su oportunidad, declaró la nulidad absoluta de las cláusulas nº 1, nº3 y nº 7 contenida en el contrato de crédito denominado «Informativo Convenio», objeto de este procedimiento, determinando como grupo y sub grupo de consumidores afectados aquellos clientes suscriptores de convenio de pago no eliminados del Boletín Comercial dentro de los siete días siguientes a la suscripción del documento.

Motivos anteriores por los que se condenó al demandado al pago por concepto de indemnización de perjuicios, generado a los consumidores con ocasión de la infracción a la ley de protección al consumidor y que se divide en la siguiente forma: para los no eliminados en hasta 24 meses contados desde la interposición de la demanda $30.000 (treinta mil pesos); para lo no eliminados de más de 24 y 48 meses $22.000 (veintidós mil pesos); para los no eliminados de más de 48 y menos de 60 meses  $15.000 (quince mil pesos) y para los no eliminados en un plazo superior a 60 meses $3.000 (tres mil pesos).

Asimismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 19.496, el Tribunal de primera instancia ordenó efectuar a costa del demandado, las publicaciones de avisos, las que deberán realizarse a través de la inserción respectiva en los diarios «La Cuarta» y «La Tercera», de circulación nacional. En los diarios electrónicos www.elmostrador.cl, www.cooperativa.cl y www.biobiochile.cl».

 

 

Vea texto íntegro de las sentencias.

 

 

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