Audiencia pública.
TC se pronunciará sobre el fondo de requerimiento de Senadores referido a proyecto que modifica sistema electoral binominal.
Declarado admisible, le corresponderá al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto sometido a su conocimiento.

El TC declaró admisible el requerimiento de un grupo de Senadores que solicitaron la inconstitucionalidad del proyecto de ley que sustituye el sistema electoral binominal por un sistema electoral de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representación del Congreso Nacional (Boletín 9326-07), especialmente de los artículos 1 número 3) letra b) (referido al artículo 3 bis de la ley 18.700); número 8) (referido al artículo 179 de la Ley 18.700); número 9) (referido al nuevo artículo 179 bis de la ley 18.700); número 14) (en cuanto al nuevo artículo 25° transitorio de la ley 18.700); artículo 3 número 2) (referido al artículo 6° de la ley 18.603), y el artículo 4° número 3) (referido al nuevo artículo tercero transitorio de la ley 20.640).
El Pleno del TC declaró admisible el requerimiento, por cuanto los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento a los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso cuarto, de la Constitución Política y que, en la especie, no concurre ninguna de las causales de inadmisibilidad establecidas en el inciso segundo del artículo 66 de la LOCTC.
Según lo anterior, la Magistratura Constitucional ordenó poner el presente requerimiento en conocimiento de la Señora Presidenta de la República, del Senado, y de la Cámara de Diputados, para que, en su calidad de órganos constitucionales interesados, dentro del plazo de cinco días contados desde la fecha de la comunicación, formulen las observaciones y acompañen los antecedentes que estimen pertinentes.
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