Conformes a la Constitución.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas sobre resolución de casaciones en el fondo.
La gestión pendiente incide en los autos sobre solicitud de marca de que conoce vía casación en el fondo la Corte Suprema.

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los incisos 2º y 3º del artículo 782 del Código de Procedimiento Civil.
La gestión pendiente incide en los autos sobre solicitud de marca de que conoce vía casación en el fondo la Corte Suprema.
En su resolución, la Magistratura Constitucional aduce que el requerimiento de autos debe ser declarado inadmisible, por cuanto se configura a su respecto la causal de inadmisibilidad contemplada en el numeral 2° del artículo 84 de la LOCTC, esto es, cuando la gestión se promueva respecto de un precepto legal que haya sido declarado conforme a la Constitución por el Tribunal, sea ejerciendo el control preventivo o conociendo de un requerimiento, y se invoque el mismo vicio que fue materia de la sentencia respectiva.
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