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Primera sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que limita procedencia de casación en la forma.

La gestión pendiente invocada incide en autos de recurso de casación en la forma de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.

4 de junio de 2015

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso 2° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil.

La gestión pendiente invocada incide en autos de recurso de casación en la forma de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada y a sus apoderados. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 2829-15.      

 

 

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