Diario Constitucional

Con disidencia.

TC acogió inaplicabilidad que impugnó normas relativas a la prenda mobiliaria.

La gestión pendiente incide en los autos sobre procedimiento voluntario de ejecución de prenda bancaria.

Por Redacción·04 de septiembre de 2015·9 min de lectura
TC acogió inaplicabilidad que impugnó normas relativas a la prenda mobiliaria.
Referencial

El TC acogió un requerimiento de inaplicabilidad que impugnó el artículo 6° de la Ley N° 4.287, sobre prenda de valores mobiliarios a favor de los bancos.

La gestión pendiente incide en los autos sobre procedimiento voluntario de ejecución de prenda bancaria.

En su sentencia, y en torno al conflicto constitucional planteado, sostiene la Magistratura Constitucional que el requirente estima vulnerada “la garantía constitucional del debido proceso, establecida en el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República”. Asimismo, arguye el TC, estima infringido el artículo 5° de la Constitución puesto que de dicho precepto se desprende la exigibilidad de “la existencia de una adecuada defensa y la garantía relativa a que toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable de conformidad a lo establecido por el artículo 8 del Pacto de San José y el artículo 14 del Pacto (Internacional) de Derechos Civiles y Políticos. Esto implica que pueda presentar argumentaciones y que pueda presentar pruebas y discutir las de la contraparte”.

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