Acto ilegal.
Corte de Talca acogió protecciones y ordenó dejar sin efecto resoluciones que declararon cargos vacantes.
La Corte de Talca concluye ordenando a la Municipalidad de San Clemente dejar sin efecto los decretos de vacancia de los cargos de Lucía Bravo Ramos y Rebeca Alarcón Meza.

En fallos unánimes, la Corte de Apelaciones de Talca acogió dos recursos de protección presentados por funcionarias de la Municipalidad de San Clemente, ordenando al alcalde Juan Rojas Vergara dejar sin efecto los decretos que instruían como vacante los cargos de las dos personas por salud incompatible con el cargo.
En sus sentencias, se arguye que «la declaración de vacancia como causal de término de una relación laboral en el ámbito público, si bien está contemplado expresamente, como se dijo más arriba, tal decisión deber obedecer a un procedimiento previo debidamente informado y sus fundamentos deben tener como antecedentes, actuaciones definidas, precisas y claras, lo que en la especie no ocurre, por cuanto, como se ha dicho, licencias médicas consideradas como de enfermedad profesional por el COMPIN, posteriormente se califican como enfermedad común y en base a dichos erróneos antecedentes se dicta la Resolución Afecta N° 1923, por lo que debe concluirse que tal Resolución ha sido dictada en forma ilegal, al basarse en supuestos equivocados».
Y es que, se agrega que se encontraba pendiente de resolución el reclamo formulado por la recurrente respecto de la Ley 16.744, ante la Superintendencia de Seguridad Social, que es la autoridad administrativa competente para resolver estas situaciones, por lo que debe concluirse que la decisión de declarar vacante el cargo por enfermedad, pendiente reclamación ante la autoridad, hace que las situaciones jurídicas en que se basa el Decreto Afecto impugnado sean provisorias y no tienen como antecedentes actuaciones definidas, necesarias para que la decisión del empleador no sea considerada arbitraria o ilegal.
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