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Representación extrajudicial del GORE.

CGR determina que decisión de interponer querella compete al Intendente regional.

La CGR concluye que aun cuando los consejeros no pueden exigir al intendente que presente una querella criminal.

3 de mayo de 2016

La Contraloría Regional de Tarapacá remitió a la Contraloría General de la República, una consulta de la Intendenta Regional de la misma zona, acerca de lo dispuesto en la letra g) del artículo 24 de la LOC N° 19.175, sobre Gobierno y Administración Regional, que permite que por acuerdo del Consejo Regional (CORE) se obligue al intendente a presentar una querella. Añade que a su juicio, ni el CORE ni su presidente estarían facultados para proceder de ese modo.

El CORE de Tarapacá informó que en ejercicio de su potestad fiscalizadora puede “adoptar los acuerdos racionalmente necesarios para preservar el interés general de la comunidad”, lo que incluye la posibilidad de formular al intendente una solicitud para que interponga una querella, a fin de perseguir la eventual responsabilidad penal que afectaría a quienes transfirieron recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) transgrediendo el ordenamiento jurídico. En su opinión, la decisión de presentar la referida acción compete en definitiva al intendente, pues a él le concierne la representación judicial y extrajudicial del Gobierno Regional (GORE).

Al respecto, el ente contralor expresó que de las disposiciones jurídicas aplicables a la materia, aparece que el GORE es una entidad pública descentralizada, conformada por el intendente, quien, como órgano ejecutivo del mismo, detenta su representación judicial y extrajudicial, y por el consejo regional, ente colegiado este último que tiene por fin promover la participación de la comunidad. Agrega que para ello, el CORE cuenta con facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras, pudiendo, dentro de ese ámbito de acción, requerir a través de su presidente, la información necesaria al intendente, con el objeto de indagar el desempeño de esta autoridad regional, así como el de las unidades de su dependencia.

Enseguida sostiene el dictamen que, de acuerdo con lo indicado aparece que si bien el CORE, en uso de sus atribuciones y dentro del ámbito de su competencia, puede proponer al intendente la interposición de una querella con el propósito de que se persiga la eventual responsabilidad penal que pudiere afectar a los que aparezcan involucrados en los hechos consignados en el acuerdo correspondiente, ello, en caso alguno, obliga a esa autoridad regional para proceder de ese modo. Así, la representación judicial del GORE constituye una atribución exclusiva y excluyente del intendente, de suerte que solo a él le compete decidir finalmente si los hechos informados en el acuerdo del consejo regional, ameritan la presentación de la acción criminal de que se trata.

En consecuencia, la CGR concluye que aun cuando los consejeros no pueden exigir al intendente que presente una querella criminal, si están facultados, en aras del principio de probidad y del deber de usar medios idóneos de control, para denunciar directamente a las autoridades correspondientes el conocimiento que tuvieren respecto de la comisión de hechos que revistieren caracteres de delito, conforme con los artículos 166, 172 y 173 del Código Procesal Penal.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 30.816 de 2016.

 

 

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