Diario Constitucional

Segunda sala.

TC se pronunciará si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre notificación del Código Tributario.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso 4° del artículo 171 del Código Tributario.

Por Redacción·21 de junio de 2016·1 min de lectura
TC se pronunciará si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre notificación del Código Tributario.
Referencial

El precepto impugnado dispone se a la notificación del hecho de encontrarse en mora y el requerimiento de pago al deudor. Y el inciso 4° se refiere a los lugares adicionales a los que señala el artículo 41 del Código de Procedimiento Civil en que se podrá practicar la referida notificación.

El requirente estima que la aplicación del precepto en cuestión es contraria al artículo 19 N° 3 de la carta fundamental, toda vez que la forma de notificación establecida en el inciso 4° del artículo 171 vulnera el debido proceso en cuanto estable una forma de notificación respecto de la cual es imposible que el demandado tome de manera oportuna conocimiento del proceso. También vulnera el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, ya que se establece un mecanismo de notificación distinto para efectos del cobro de una obligación tributaria.

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