Se dedujo una acción de protección, en contra de Chilevisión por la obtención mediante engaños y de forma maliciosa de imágenes personales para un programa de televisión.
El actor estima vulnerada la garantía constitucional correspondiente al derecho a la honra y a la vida privada.
En su libelo, el recurrente arguye que las grabaciones serían para un programa distinto del ofrecido inicialmente por la producción para que el recurrente junto a su pareja participaran: develar infidelidades en parejas mediante el empleo de cámaras ocultas.
Asimismo, el actor sostiene que en el ámbito privado, los terceros sólo pueden penetrar con el consentimiento de la persona de quien se trate, quien mantienen el control sobre el alcance y difusión que tendrán dichos actos. La privacidad, protege la legítima pretensión de excluir de la publicidad ciertos hechos relativos a la vida ordinaria de cada persona.” Además, sostiene que fue hostigado y amenazado para que consintiera en la autorización para difundir dichas escenas.
Conforme a lo anterior, el actor solicita a la Corte de Apelaciones de Santiago que el material audiovisual captado respecto de él no sea emitido por su señal de televisión, ni por señal o medio de reproducción audiovisual alguno y sea borrado por la recurrida todo ese contenido
El recurso de protección fue declarado admisible por la Corte de Apelaciones de Santiago y ordenó su notificación a la recurrida para que informe.
Vea texto íntegro del recurso y del expediente en causa Rol N° 50032-2016.
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