La gestión pendiente incide en autos sobre demanda ejecutiva, seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
El ministro Hernández Emparanza concurrió a lo resuelto previniendo que, su juicio, también sería aplicable la causal prevista en el numeral 6° del artículo 84 de la LOCTC, es decir, carecer de fundamento plausible.
Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 3131-16.
* TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas del Código del Trabajo…