Entrará en vigencia el 1º de abril.
Serie informativa sobre la Reforma Laboral – Octava Parte.
La norma laboral fija un piso de negociación y las exclusiones que operan en cada caso.

Es necesario recordar que en el caso de existir instrumento colectivo vigente, constituyen el piso de la negociación idénticas estipulaciones a las establecidas en dicho instrumento colectivo. En el caso de no existir instrumento colectivo vigente, el piso de la negociación lo constituye la respuesta del empleador.
La norma laboral fija un piso de negociación y las exclusiones que operan en cada caso. Estudiaremos a continuación sus detalles.
¿Cuál es el contenido de la respuesta del empleador?




