Diario Constitucional

Con voto de minoría.

Corte de Santiago rechazó recurso de protección de condenado por violaciones a derechos humanos que solicitaba beneficios penitenciarios.

El Tribunal de alzada sostuvo que de las normas reproducidas y de los antecedentes agregados al proceso, consta que los recurridos actuaron dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

Por Redacción·23 de febrero de 2017·1 min de lectura
Imagen: Radio Bío-Bío.
Referencial

La Corte de Santiago rechazó el recurso de protección presentado en contra del Consejo Técnico Ordinario y del Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario Punta Peuco de Gendarmería de Chile por el rechazo de la solicitud de permiso de salida dominical y salida controlada al medio libre.

El recurrente fundamentó su acción cautelar en la vulneración del artículo 19 N° 2° y 3° de la Constitución Política de la República.

En su sentencia, el Tribunal de alzada sostuvo en síntesis que, de las normas reproducidas y de los antecedentes agregados al proceso, valorados conformes a la sana crítica, consta que los recurridos actuaron dentro del ámbito de sus respectivas competencias, ejerciendo facultades que le han sido otorgadas por el ordenamiento jurídico y que la decisión impugnada fue debidamente fundamentada, de lo que es posible concluir, en decisión de mayoría, que no existe un acto arbitrario o ilegal que le sea imputable, por lo que el recurso de protección entablado no puede prosperar.

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