Diario Constitucional

Con disidencias.

TC acogió parcialmente inaplicabilidad que impugnó norma que impide al Juez aplicar penas alternativas en caso de ciertos delitos de la ley de control de armas.

La gestión pendiente incide en los autos sobre delito de porte ilegal de armas de fuego, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Curacaví.

Por Redacción·30 de marzo de 2017·15 min de lectura
TC acogió parcialmente inaplicabilidad que impugnó norma que impide al Juez aplicar penas alternativas en caso de ciertos delitos de la ley de control de armas.
Referencial

El TC acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad que impugnó el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, y del inciso segundo del artículo 17 B de la Ley N° 17.798 sobre control de armas.

La gestión pendiente incide en los autos sobre delito de porte ilegal de armas de fuego, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Curacaví, encontrándose pendiente la realización de la audiencia de juicio oral ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla.

En su sentencia, y en torno al inciso 2º del artículo 1° de la Ley N° 18.216, expone en síntesis la Magistratura Constitucional que los principios de dignidad, igualdad y proporcionalidad que consagra nuestro sistema constitucional, exigen del Estado asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional y constituye entonces un deber del legislador velar, tanto por la protección de la sociedad en general como los derechos de los infractores, mediante la imposición de penas razonables, idóneas y proporcionales, a objeto de obtener su reinserción social, que, en el caso concreto, así como permitan la aplicación de una pena justa que no renuncie a su objetivo esencial de propender tanto a la prevención general del delito como a su prevención particular, objetivos que no se vislumbran en el cumplimiento efectivo de una pena de restricción total de la libertad de una persona que no tiene antecedentes penales y cuyas posibilidades de reinserción se verán más bien dificultadas con la aplicación al caso concreto de las normas denunciadas.

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