Diario Constitucional

Sancionado con la medida de destitución.

CGR ordena reapertura de sumario administrativo contra funcionario de la PDI por considerar en su resolución grabaciones telefónicas ilícitas.

La CGR concluye manifestando que no puede pretenderse que sea constitutivo de un medio lícito grabar clandestina y subrepticiamente una conversación telefónica.

Por Redacción·25 de julio de 2017·4 min de lectura
CGR ordena reapertura de sumario administrativo contra funcionario de la PDI por considerar en su resolución grabaciones telefónicas ilícitas.
Referencial

Se reclamó ante la Contraloría General de la República –por parte de un funcionario de la Policía de Investigaciones- en contra de la sanción de separación que le impuso dicha institución.

Al respecto, el ente de control precisó, en primer término, que la valoración de los acontecimientos por los que se resuelve instruir un procedimiento disciplinario que permite sancionar al empleado que comete una falta administrativa, es un aspecto que es apreciado por quien lo sustancia y por la autoridad que lo afina, como se sostuvo en su dictamen N° 77.254 de 2013, entre otros.

Luego, en lo atinente a que al momento de decidirse la aplicación de la reseñada sanción de carácter expulsiva, no se consideró su trayectoria ni la circunstancia de haber sido siempre calificado en lista N° 1, la Contraloría hace presente que en armonía con el criterio contenido en su dictamen N° 83.814 de 2014, el jefe superior del Servicio, al resolver imponer una medida disciplinaria, no se encuentra obligado a ponderar, para modificar esa determinación a favor del infractor, su buena conducta anterior.

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