Corresponde a la autoridad.
CGR se pronuncia sobre otorgamiento obligatorio del beneficio de sala cuna.
La CGR concluye manifestando que la situación reclamada por la funcionario, también se verificó respecto de su primer hijo.

Se reclamó ante la Contraloría General de la República –por parte de una funcionaria de Gendarmería de Chile- que no se le ha otorgado el derecho de sala cuna en favor de su hijo, consultando, además, si procede que se le reembolsen las sumas pagadas a la persona que cuida al menor en su domicilio, considerando que el único recinto en la ciudad de Angol -donde reside-, y que cuenta con la autorización de la Junta Nacional de Jardines Infantiles no tiene cupos y el que, además, otorga preferencia a las servidoras del municipio de ese lugar.
El Director Regional de ese organismo penitenciario manifestó que esa materia debe ser resuelta por la jefatura del Subdepartamento de Bienestar Social, correspondiéndole a esa unidad informar a la CGR, sin que dicha circunstancia se haya verificado.
Por su parte, la Junta Nacional de Jardines Infantiles indicó que en la comuna de Angol existen cuatro establecimientos particulares que entregan el beneficio de sala cuna, dos de los cuales no tienen su autorización y los otros que, si bien la poseen, solo reciben a hijos de funcionarios del regimiento y de la municipalidad de Angol.
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