Se rechazó reclamo presentado por la empresa.
Juzgado Civil de Santiago confirma multa aplicada por SEREMI de Salud a empresa constructora por su responsabilidad en accidente laboral.
El Tribunal pretendía que se dejara sin efecto la sanción por no mantener las condiciones sanitarias y ambientales que resguarden la vida y salud de los trabajadores en faena.

El Cuarto Juzgado Civil de Santiago confirmó la multa de 200 UTM que aplicó la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana a la empresa constructora Belfi S.A. por su responsabilidad en accidente laboral, acaecido en mayo de 2014, en Lampa.
La sentencia sostiene que en relación a la existencia de infracción al principio de tipicidad, toda vez que los artículos supuestamente infringidos por la reclamada y en que se funda la sanción aplicada en el sumario tantas veces referido, no dicen relación con los supuestos incumplimientos que se le imputan; cabe consignar que, del examen de los artículos 3 y 37 del Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas En Los Lugares De Trabajo, Decreto Supremo 594/99 del Ministerio de Salud, se consiga expresamente que es la empresa la que debe mantener en sus dependencias las condiciones sanitarias y ambientales necesarias que resguarden la vida y salud de sus trabajadores dependientes y de aquellos que desarrollen faenas en el interior de las mismas.
La resolución agrega que en este orden de ideas, del examen del acta levantada por el inspector de la SEREMI de Salud en el sumario sanitario materia de la Litis, se puede constatar que los hechos verificados por éste, y que sirvieron de fundamento a la resolución condenatoria que se reclama, consistieron en la falta de procedimiento de trabajo seguro; infracción la anterior que no cabe duda se encuentra inserta en las disposiciones legales referidas.
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