En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma fallo que condenó a ginecólogo por abuso sexual de pacientes.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago que condenó al ginecólogo recurrente.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia que condenó a Gabriel Cárcamo Cárcamo a la pena de 5 años y un día de presidio por abusos sexuales de dos pacientes.
La sentencia sostiene que esta Corte considera que las conclusiones a que llegó el tribunal en base a los testimonios de los testigos aportados por el Ministerio Público y al informe del perito del Servicio Médico legal, todas concordantes con lo declarado por las propias víctimas, no contradicen las reglas de valoración de los medios de prueba previstas en el artículo 297 del Código Procesal Penal en relación con el artículo 340 del mismo cuerpo legal y resultan de una exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieron por probados, favorables o desfavorables al acusado.
La resolución agrega que asimismo, en concepto de esta Corte el fallo recurrido ha valorado adecuadamente los medios de prueba que fundan tales conclusiones, sin infringir con ello los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados. En efecto, primeramente se enuncia toda la prueba aportada al juicio, la que se analiza en los considerandos sexto y séptimo de la sentencia; valoración sobre la cual los jueces del fondo razonaron para dar por acreditados los hechos, arribando a la conclusión condenatoria, todo lo cual llevará a estos sentenciadores a rechazar esta causal de nulidad.
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