Con suspensión.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que establecen exclusión temporal para contratar con el Estado a quienes tengan condenas laborales.
La requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso primero del artículo 4° de la Ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
La gestión pendiente incide en un recurso de unificación de jurisprudencia, de que conoce la Corte Suprema, relativo a una causa en que se acogió una denuncia de tutela laboral en contra de la empresa requirente.
La requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso, por cuanto la ley impone la aplicación directa de una sanción administrativa sin la existencia de un procedimiento previo que dé suficientes garantías de defensa del administrado, ya que aquella opera de plano, por el solo ministerio de la ley, cualquiera la infracción cometida, su gravedad y la participación que le cupo al infractor en ella. Asimismo, se vulneraría la igualdad ante la ley y el principio de proporcionalidad, al imponerse una sanción excesivamente gravosa para una empresa, sin consideración a la gravedad de la infracción laboral denunciada, la conducta seguida por la empresa en todo el tiempo intermedio, las circunstancias agravantes y atenuantes concurrentes y los alcances específicos que tiene la sanción en este caso.
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