Diario Constitucional

Requisito de superficie y su forma de cálculo.

CGR determina que MINVU debe dar cumplimiento a dictamen que instruyó regularización de viviendas de autoconstrucción.

La División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo deberá dar cumplimiento a lo instruido en el singularizado dictamen N° 41.326.

Por Redacción·19 de junio de 2018·3 min de lectura
CGR determina que MINVU debe dar cumplimiento a dictamen que instruyó regularización de viviendas de autoconstrucción.
Referencial

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República, por parte de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, quien remitió copia de la circular N° 12, de 2018 (DDU 394), a través de la cual se modifican las instrucciones contenidas en las DDU 302, 303 y 321, de acuerdo a lo dispuesto en el dictamen N° 41.326 de 2017.

Al respecto, el ente contralor recuerda que en dicha oportunidad un particular solicitó un pronunciamiente acerca de la juridicidad de las exigencias para la procedencia de la regularización de las viviendas a que se refiere el título I de la Ley N° 20.898, norma que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción, contenidas en el oficio circular N° 469, de 2016, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (DDU 321), que complementa la circular N° 46, del misma año y repartición pública.

Precisa luego que en el oficio en cuestión, se consignó por el Ministerio que del examen de las disposiciones pertinentes de la Ley N° 20.898, aparece que su tenor no contempla las condiciones aludidas por la citada DDU 321 para la procedencia de la regularización de las viviendas a que se refiere el título I, en relación al requisito de superficie de aquellas y su forma de cálculo.

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