Antecedentes deben ser fidedignos.
CGR determina que postulantes a la Subsecretaría del Medio Ambiente no acreditaron experiencia profesional exigida.
Es necesario que se acompañen documentos que permitan comprobar que la persona interesada efectivamente realizó trabajos como profesional durante el periodo respectivo.

Se consultó ante la Contraloría General de la República –por parte de la Subsecretaría del Medio Ambiente- acerca de la forma en que debe acreditarse el requisito de experiencia profesional previsto por la ley para acceder a cargos profesionales de ese servicio, por cuanto mediante los oficios TRA Nos 12.102, 12.192 y 12.285, todos de 2017, el órgano de control representó diversas resoluciones de esa Subsecretaría, que disponían designaciones a contrata asimiladas a la planta profesional, indicando que no se habían acompañado antecedentes que permitieran acreditar la citada exigencia.
Al respecto, el ente contralor recuerda que el artículo 2°, numeral II, del D.F.L. N° 4, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, dispone que para acceder a empleos de la planta de profesionales de esa subsecretaría se requiere, en lo atinente, que los interesados acrediten la posesión de un título profesional y además, de una experiencia profesional de uno a cinco años, en los casos que allí se detallan.
Enseguida, la Contraloría General destaca que el criterio contenido en su dictamen Nº 6.220, de 1980, sostiene que la experiencia asociada a un título debe acreditarse con antecedentes fidedignos en que conste la efectividad en el desempeño de tareas relacionadas con el título.
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