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En forma unánime.

CS acogió unificación de jurisprudencia contra sentencia que había rechazado demanda por despido injustificado sin que el empleador hubiese acompañado la carta de despido.

Es una carga ineludible para el empleador que en juicio pretende justificar su decisión de despido, acompañar, primeramente, la carta de despido donde conste la causal invocada y los hechos en que se apoya.

9 de julio de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por el demandante en relación al fallo dictado por la Corte de Antofagasta, que desestimó el recurso de nulidad deducido contra la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, que había rechazado en todas sus partes la demanda de despido injustificado deducida por un trabajador contra su ex empleador.

El máximo Tribunal recordó que constituye una carga ineludible para el empleador que en juicio pretende justificar su decisión de despido, acompañar, primeramente, la carta de despido donde conste la causal invocada y los hechos en que se apoya, y principalmente, que se verifique que aquella fue debidamente comunicada al trabajador, ya que se trata del medio legal que le proporciona los antecedentes que explican las razones del despido, permitiéndole preparar las objeciones que le reconoce el artículo 168 del Código del Trabajo si considera que dicha aplicación es injustificada, indebida o improcedente. Así, siendo un hecho establecido no sólo que el empleador no acompañó materialmente al proceso tan indispensable comunicación, sino que, también, fue enviada a una dirección incompleta, en la que, además, se hizo valer una causal de caducidad no compatible con los hechos fundantes de la misma, no es posible dar por cumplidas las formalidades del despido, y sólo cabe concluir que la Corte de Antofagasta no debió rechazar el recurso de nulidad interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia del grado.

Por lo anterior, se acogió el recurso de unificación de jurisprudencia, declarando que la sentencia de base es nula, dictándose acto seguido y sin nueva vista, pero separadamente, la respectiva de reemplazo, en la que se acogió la demanda de despido injustificado deducida.

 

 

Vea textos íntegros de la sentencia y la sentencia de reemplazo.

 

 

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