Diario Constitucional

Se otorgó plazo para subsanar.

TC no admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas que permitirían aplicar procedimiento laboral a trabajadores a honorarios contratados por una Municipalidad.

Se otorgó al requirente un plazo de tres días para completar antecedentes y subsanar el defecto.

Por Redacción·10 de septiembre de 2018·1 min de lectura
TC no admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas que permitirían aplicar procedimiento laboral a trabajadores a honorarios contratados por una Municipalidad.
Referencial

El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 3, letra b), 7 y 8 del Código del Trabajo.

Los preceptos impugnados establecen, respectivamente, qué se entiende por trabajador, por contrato de trabajo y, finalmente, dispone la presunción consistente en que toda prestación de servicios desarrollada en los términos del artículo 7 se entenderá como contrato de trabajo.

La gestión pendiente incide en autos ordinarios laborales, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Coronel, en actual conocimiento de la Corte de Concepción por recurso de apelación, en los que la municipalidad requirente fue demandada por una trabajadora a honorarios por despido injustificado.

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