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Por unanimidad.

CS revocó sentencia y rechaza protección contra Dirección del Trabajo de la Araucanía debido a multa por no exhibición de documento laborales respecto de trabajador desvinculado.

La Corte Suprema concluyó revocando la sentencia apelada, y en su lugar dispuso que se rechaza la acción de protección deducida.

28 de diciembre de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó la acción de protección deducida en contra de la Dirección del Trabajo de la Araucanía por cursar una multa al no exhibir toda la documentación exigida por la funcionaria fiscalizadora que deriva de las relaciones de trabajo, respecto de trabador desvinculado en el año 2015.

En su sentencia, el máximo Tribunal indicó que, de los antecedentes del recurso, aparece claramente que el servicio recurrido, cumpliendo su labor dentro de un proceso de fiscalización, constató situaciones objetivas que importan incumplimiento de las leyes laborales. En efecto, fue constatado que la empresa recurrente no contaba con la documentación necesaria para el desarrollo de sus labores fiscalizadoras respecto del trabajador desvinculado, en especial la que da cuenta del desarrollo de su relación laboral, como el contrato de trabajo y liquidaciones de remuneraciones, y la vinculada con su término, como el aviso de término del contrato a la Inspección del Trabajo, hecho que no ha sido desvirtuado por el actor desde que por una parte reconoce en su libelo que el trabajador estuvo empleado hasta enero de 2015, y por otra no señala que cuente con la documentación cuya ausencia le reprocha la recurrida.

Luego, continúa señalando que al imponer la recurrida la sanción objetada, actúo dentro del marco de una fiscalización para la cual está expresamente facultada, luego de constatar hechos que, en su concepto, importan conculcación de leyes laborales, de lo que se sigue que no se pueden reprochar de arbitrariedades o ilegales la resolución que impuso dicha sanción como así tampoco la que desestimó el recurso de revisión administrativo deducido en su contra.

De esa forma, la Corte Suprema concluyó revocando la sentencia apelada, y en su lugar dispuso que se rechaza la acción de protección deducida.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 22.965-18 y de la Corte de Concepción Rol N° 3.302-18.

 

 

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