Discriminación.
Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel acogió excepción de caducidad y rechazó tutela contra institución de educación superior que mantuvo a docente con contratos a plazo fijo.
Se estimaron vulnerados por la actora los derechos consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política y en el artículo 2 del Código del Trabajo.

El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel rechazó la demanda en procedimiento de tutela por vulneración de derechos fundamentales durante la relación laboral deducida contra la Fundación Instituto Profesional DUOC UC por una docente.
La actora solicitó al tribunal que se establezca que ha sido víctima de actos de discriminación arbitraria e ilícita en la forma y modalidades en que se ha efectuado la contratación por parte de su ex empleador y, en general, de actos que vulneran sus derechos fundamentales, especialmente contenidos en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política y en el artículo 2 del Código del Trabajo. Esto, pues el DUOC discrimina entre distintos tipos de trabajadores, lo que la ha afectado directamente toda vez que al no encontrarse en dicha situación especial su empleador lo ha mantenido abusivamente bajo la modalidad de contratos a plazo fijo, constituyendo aquella decisión una clara vulneración de su derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación arbitraria. Agrega que DUOC ha efectuado distinciones entre sus trabajadores no basado en ningún criterio bajo el cual sea lícito distinguir, sino que lo hace únicamente con el objeto de evitar posibles infracciones a la normativa laboral. Arguye que todos los trabajadores realizan exactamente las mismas labores no existiendo fundamento alguno que pueda justificar la diferencia de contratación de unos y otros.
En su sentencia, el Juez indicó que, en cuanto a la excepción de caducidad de la acción de tutela opuesta por la parte demandada, ésta la funda en el hecho que entre el 18 de diciembre de 2018 y la data en que ocurrieron los supuesto hechos vulneratorios, ha transcurrido con creces el plazo para efectuar la denuncia respectiva.
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