En fallo unánime.
Corte de Concepción rechazó nulidad laboral y confirma sentencia que no hizo lugar a demanda de tutela interpuesta por un grupo de trabajadores contra empresa maderera.
Se rechazó tanto el recurso interpuesto por la demandante como por la demandada.

En fallo unánime, la Corte de Concepción rechazó los recursos de nulidad deducidos por la demandante y por la demandada contra la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles que rechazó la denuncia de tutela de vulneración de derechos fundamentales interpuesta por un grupo de trabajadores contra una empresa maderera y acogió su demanda de despido improcedente.
La demandante ha fundado su recurso de nulidad en las causales del artículo 477, primero respecto de la demanda principal, que rechazó la denuncia de vulneración de derechos fundamentales y cobro de prestaciones y, segundo, en subsidio, la misma causal respecto de la demanda subsidiaria de despido improcedente y cobro de prestaciones en lo pertinente, en cuanto la sentencia impugnada rechazó la indemnización adicional reclamada.
Al respecto, la sentencia indicó que el recurso de nulidad no puede prosperar, pues los sentenciadores coinciden con lo razonado por el juez del tribunal a quo en cuanto a que el artículo 5° del Código del Trabajo establece la irrenunciabilidad de los derechos laborales solo mientras subsista la relación laboral y, en la especie, esta relación ya había concluido. En atención a lo recién señalado, se concluye que en este caso no existe un actuar discriminatorio por parte de la denunciada, pues el pago del monto adicional o indemnización adicional estaba sujeto precisamente a la condición de no efectuar reserva de derechos en el correspondiente finiquito, diferenciando a quienes cumplieron esta condición sí se les pagó dicho monto adicional y a quienes efectuaron la reserva se les retiró la oferta de obtener el mismo, por lo cual no hay sino un tratamiento acorde a lo negociado y acordado voluntariamente, más aún si los denunciantes pudieron obtenerla, pero libremente optaron por sustraerse de este acuerdo.
Te puede interesar

Con prevención.
CS aprobó sentencia que rechazó amparo económico contra SEREMI de Bienes Nacionales de Atacama por elaborar «Plan de Normalización y Gestión del Borde Costero Región de Atacama».

En fallo unánime.
Corte de Antofagasta rechazó nulidad laboral y confirma sentencia que no hizo lugar a reclamo de multa administrativa interpuesta por Caja de Compensación.

En fallo unánime.
CS acoge demanda de cobro de mutuo hipotecario de banco.

