En fallo unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Universidad por suspender y supuestamente expulsar recurrente de Programa de Especialización.
El Tribunal de alzada señaló en su oportunidad que, de los antecedentes agregados, así como lo expuesto por las partes se descartó la existencia de un derecho indubitado.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Santiago que rechazó el recurso de protección deducido en contra de la Universidad Mayor por suspender y supuestamente expulsar a la recurrente del Programa de Especialización Médica.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Universidad Mayor por la suspensión y supuesta eliminación de la recurrente del Programa de Especialización Médica de Neurología realizadas por Dirección de Especialidades Médicas de la Facultad de Ciencias de la misma casa de estudios.
La recurrente estimó vulnerados las garantías del artículo 19 numerales 1, 2 y 3 inciso cuarto de la Constitución.
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