En fallo unánime.
CS ordena a isapre otorgar total cobertura a estimulador cerebral para tratar distonía generalizada.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario de la isapre recurrida al denegar la cobertura del dispositivo para tratar la distonía generaliza secundaria, que afecta a niña de 4 años.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó a Consalud S.A. otorgar cobertura total a la instalación de estimulador cerebral profundo, dispositivo que al no estar codificado, debe homologarse al código de marcapasos en el arancel del Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
La sentencia sostiene que en esta línea de razonamiento, el factor de la indicación médica como el sustrato profesional objetivo y adecuado en el tratamiento de una enfermedad, implica que determinado procedimiento para afrontar, en este caso la patología denominada distonía generalizada secundaria, es el medio apto e idóneo para solucionarlo. Que si bien dicho dispositivo no se encuentra en el arancel del Fondo Nacional de Salud, dicho instrumento no es un modo experimental que carezca de un sustento técnico.
La resolución agrega que en la operatoria de homologación del procedimiento aludido, obviamente la recomendación médica y técnica debe resultar prioritaria, teniendo presente, asimismo, que para la institución previsional el costo económico y financiero no resultará imprevisto, toda vez que el monto solicitado homologar alcanza sólo a aquellos que el arancel establece por la prestación a la cual se homologa. Razonar de otra forma importaría aceptar la omisión de la Administración, la cual por medio de su pasividad excluiría determinados medios aptos para mantener o recuperar la salud, con mayor razón si estos tienen años o décadas que son empleados con un fin terapéutico.
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