Por unanimidad.
Corte Suprema rechazó recurso de protección contra Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez por rechazo de licencias médicas.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó sentencia de la Corte de Concepción que acogió y rechazó protección en contra de Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez e Isapre Cruz Blanca S.A. por rechazo de licencias médicas.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de Isapre Cruz Blanca S.A. y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Concepción (COMPIN) por el rechazo de licencias médicas de la recurrente por reposo no justificado. La recurrente estimó vulneradas las garantías del artículo 19 numerales 1 y 24 de la Constitución Política de la República.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Concepción indicó, en síntesis que, en relación al rechazo de la licencia médica N° 3 030800388-4, no es posible apreciar la existencia de un acto ilegal por parte de la recurrida, desde que actuó en el ejercicio de las facultades legales que le confieren el artículo 196 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, así como el Reglamento de Autorización de Licencias Médicas por la Compin e Instituciones de Salud Previsional, contenido en el Decreto N° 3 de 1984, del Ministerio de Salud y la decisión está contenida en una resolución debidamente fundada, de modo que se encuentra ajustada al ordenamiento jurídico.
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