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Por unanimidad.

CS confirma sentencia que rechazó protección de arrendataria en contra de sociedad inmobiliaria arrendadora que cortó el suministro eléctrico de predio agrícola por no pago de cánones de arrendamiento.

Recurrente estimó vulnerado su derecho de propiedad.

4 de enero de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que rechazó protección deducida por una arrendataria en contra de la sociedad Andacollo Inversiones limitada, a quien acusa de cortar el suministro eléctrico de la propiedad.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel señaló que, de los antecedentes que obran en la causa se desprende que la parte recurrente adeudaba más de un año a la recurrida por concepto de arriendos, lo que motivó a la actora al corte del suministro eléctrico que provee de tal servicio a la propiedad.

Agrega la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que lo expuesto por la actora respecto a un eventual incumplimiento contractual, así como el planteamiento de una conciliación entre las partes, son materias que exceden el ámbito de conocimiento del recurso de protección de garantías constitucionales, por lo que la acción debe ser rechazada.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de San Miguel.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 29.988-2019 y de la Corte de Apelaciones de San Miguel Rol Ingreso N° 7471-2019.

 

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