Con voto en contra.
CS acogió protección deducida por trabajador del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago frente al término anticipado de su «contrata».
Recurrente estimó vulnerada la igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.

En fallo divido, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y en su lugar acogió protección deducida por ex funcionario público en contra del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, por haber dictado la Resolución Exenta N° 2649 de fecha 29 de noviembre de 2018, en la cual dispuso la no renovación de su contrata para el año 2019.
La Corte Suprema señaló que, de los antecedentes que obran en la causa, consta que el actor ingresó a prestar servicios a la recurrida bajo el régimen de honorarios el 9 de junio de 2010, relación que se mantuvo hasta que, el día 1 de noviembre del mismo año mutó a la calidad jurídica de contrata, relación estatutaria que fue prorrogada continuamente y, por última vez, hasta el 31 de diciembre de 2018.
En su razonamiento, el máximo Tribunal indicó que, la circunstancia de haber permanecido la parte recurrente en el cargo a contrata por más de 8 años, generó a su respecto la confianza legítima de mantenerse vinculada con la Administración, de modo tal que su relación estatutaria sólo puede terminar por sumario administrativo derivado de una falta que motive su destitución o por una calificación anual que así lo permita, supuestos fácticos que no concurren en la especie. Añadió en su fallo la Corte Suprema que por ello, la decisión de no renovar la contrata del actor, ha devenido en una vulneración de las garantías constitucionales por él invocadas.
Te puede interesar

Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por recurrente contra Gendarmería y Juzgados de Garantías por no tomar en consideración los abonos de tiempo en dictación de resoluciones.

Por unanimidad
CS declaró admisible protección deducida por arrendataria de local comercial en contra de Wallmart frente al cerrado de su negocio y su expulsión por la vía de la fuerza.

Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó protección deducida por afiliado en contra aseguradora frente a su negativa a cubrir afección cardiaca diagnosticada dentro del seguro de salud catastrófico.

