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Con dos votos en contra.

CS revocó sentencia y acogió protección deducido por sindicato contra Dirección Nacional del Trabajo por dictación de resolución que declaró inadmisible recurso jerárquico contra resolución del Director Regional del Trabajo de Antofagasta.

El recurrente estimó que se vulneró su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 2.

11 de marzo de 2020

Con dos votos en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Antofagasta y rechazó un recurso de protección deducido por el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Minera Franke en contra de la Dirección Nacional del Trabajo por la dictación de la resolución que declaró inadmisible el recurso jerárquico en contra de resolución del Director Regional del Trabajo de Antofagasta.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Dirección Nacional del Trabajo por la dictación de la Resolución N° 0253, de fecha 20 de junio de 2019, por el Director Nacional del Trabajo que declaró inadmisible el recurso jerárquico deducido por el recurrente en contra de la Resolución N° 11/2019 del Director Regional del Trabajo de Antofagasta que calificó los Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia de la empresa SCM Franke.

El recurrente estimó que se vulneró su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 2.
La Corte de Antofagasta indicó en su sentencia que, para que el mismo sea acogido la vulneración a las garantías constitucionales previstas en el artículo 20 de la Carta Fundamental por un acto arbitrario o ilegal de la parte recurrida debe estar fehacientemente demostrado.

El fallo agregó que, en este caso supone establecer como hecho de la causa que se habría declarado la inadmisibilidad del recurso jerárquico por extemporáneo, basado en la imposibilidad de subsanar lo solicitado por problemas de conexión a internet. Lo que no constituye en caso alguno un derecho de carácter indubitado, cuya revisión corresponda a la acción de protección.

La sentencia fue acordada con el voto en contra del Ministro Sergio Muñoz y de la Abogada Integrante María Gajardo quienes estuvieron por revocar la sentencia en alzada y en su lugar acoger el recurso de protección en virtud de sus propios fundamentos.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 25682-2019Corte de Apelaciones de Antofagasta Rol N° 2742-2019

 

 

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