Por unanimidad.
CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección deducido por conocido productor de telenovelas contra páginas de internet por negativa a eliminar publicaciones de supuestos abusos de los que fue sobreseído.
La Corte Suprema revocó la sentencia apelada señalando que, del mérito de los antecedentes apareció de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se mencionó hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección deducido por el conocido productor de telenovelas Herval Abreu en contra de Google Inc, Google Chile Limitada, Microsoft Chile S.A, Verizon Chile S.A. y Wikimedia Chile por la negativa de las recurridas a eliminar de sus motores de búsqueda y/o registros todo contenido existente relativo a las noticias o publicaciones asociadas a los supuestos abusos de los cuales el fue sobreseído por la Justicia.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1 y 4.
La Corte de Santiago indicó en su sentencia que, los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a la Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el recurso, atendida su naturaleza cautelar, por lo que se declaró inadmisible el recurso de protección.
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