Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por concejal contra Municipalidad de Chillán por supuesta tala indiscriminada de árboles.
La Corte de Chillán señaló que, no se apreció la vulneración de garantías que se invocó por el recurrente.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Chillán que rechazó un recurso de protección deducido por un concejal en contra de la Municipalidad de Chillán por supuesta tala indiscriminada de árboles.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Municipalidad de Chillán por realizar talas de árboles en base a informes fitosanitarios que supuestamente no contarían con la fundamentación técnica necesaria.
El recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1 y 8.
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