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Convenidos entre entidades públicas.

Corte de Santiago declara inadmisible protección interpuesto por Defensora de la Niñez en contra del Servicio Nacional de Menores y la Agencia Nacional de Inteligencia por la suscripción de un convenio entre esas instituciones.

Según la recurrente estigmatiza y criminaliza a este grupo de niños, niñas y adolescentes.

25 de abril de 2020

El recurso de protección interpuesto por la Defensora de la Niñez en contra del Servicio Nacional de Menores (Sename) y la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI), por un convenio firmado entre estas dos instituciones, fue declarado inadmisible por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El convenio por esa vía impugnado tiene objeto facilitar a la ANI el acceso a información que posea el SENAME y que aquella considere relevante y pertinente para generar inteligencia, lo que la Defensoría de la Niñez cuestiona ya que no se ve como el SENAME podría proporcionar información que permita a dicha Agencia cumplir con sus funciones.
El Tribunal de alzada capitalino declaró inadmisible la acción constitucional al estimar que fue interpuesta en forma extemporánea, desde que el que el acto impugnado es de 28 de febrero pasado habiendo transcurrido con creces el plazo de 30 días en que debió deducirse.
Sin perjuicio de lo anterior, se lo declara también inadmisible porque de los antecedentes fácticos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Corte se puede concluir que exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso, atendida su naturaleza cautelar, pues se trata de aspectos convenidos entre entidades públicas dentro del ejercicio de sus funciones y contra las cuales existen mecanismos jurisdiccionales y administrativos que permiten perseguir el fin requerido mediante el presente arbitrio constitucional.

 

Vea texto del recurso Rol Nº 36343-2020 y de la resolución que lo declara inadmisible.

 

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