Segunda Sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma del CPP que restringiría las causales de apelación en juicio por malversación de caudales públicos en contra de ex director de finanzas de Carabineros.
La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 370 del Código Procesal Penal.
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “Las resoluciones dictadas por el juez de garantía serán apelables en los siguientes casos: a) Cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y b) Cuando la ley lo señalare expresamente.”.
La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en los que la requirente, el ex director de finanzas de Carabineros, es acusado por malversación de caudales públicos; por asociación ilícita; por falsificación y uso de instrumento púbico del artículo 193 del Código Penal; y por lavado de activos.
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