Libertad de culto.
Supremo Tribunal Federal de Brasil decidirá si la presencia de símbolos religiosos en edificios públicos entra en conflicto con la secularidad del Estado brasileño.
Según el relator de la causa, existe una evidente repercusión general del tema desde una perspectiva social, considerando los aspectos religiosos y socioculturales involucrados en el debate.

El Supremo Tribunal Federal (STF) decidirá si la presencia de símbolos religiosos en edificios públicos entra en conflicto con la secularidad del Estado brasileño.
Respecto a los hechos, consta que, la apelación proviene de una acción civil pública presentada por el Ministerio Público Federal (MPF) para eliminar todos los símbolos religiosos, como crucifijos e imágenes, de lugares de gran visibilidad y servicio público en los edificios de la Unión y en el Estado de São Paulo. La demanda fue desestimada por el tribunal de primera instancia y el Tribunal Regional Federal de la Tercera Región (TRF-3), que consideró que la presencia de símbolos religiosos es una reafirmación de la libertad religiosa y el respeto por los aspectos culturales de la sociedad brasileña.
Luego, en contra de esta sentencia, el MPF presentó una apelación extraordinaria alegando una infracción a las disposiciones constitucionales.
Te puede interesar

Obligación de procrear.
CC de Colombia determinó que razones expuestas por demandante para que esa Magistratura se pronuncie sobre finalidad de «procrear» del Matrimonio carece de certeza.

Cargos de exclusiva confianza.
CGR se pronuncia sobre cargos de exclusiva confianza en las intendencias del país.

En fallo dividido.
TC acogió inaplicabilidad que impugnaba normas de Ley de Transparencia que inciden en caso de correos electrónicos intercambiados durante el gobierno de la ex Presidenta Bachelet.

