Diario Constitucional

Libertad de culto.

Supremo Tribunal Federal de Brasil decidirá si la presencia de símbolos religiosos en edificios públicos entra en conflicto con la secularidad del Estado brasileño.

Según el relator de la causa, existe una evidente repercusión general del tema desde una perspectiva social, considerando los aspectos religiosos y socioculturales involucrados en el debate.

Por Redacción·29 de abril de 2020·1 min de lectura
Supremo Tribunal Federal de Brasil decidirá si la presencia de símbolos religiosos en edificios públicos entra en conflicto con la secularidad del Estado brasileño.
Referencial

El Supremo Tribunal Federal (STF) decidirá si la presencia de símbolos religiosos en edificios públicos entra en conflicto con la secularidad del Estado brasileño.

Respecto a los hechos, consta que, la apelación proviene de una acción civil pública presentada por el Ministerio Público Federal (MPF) para eliminar todos los símbolos religiosos, como crucifijos e imágenes, de lugares de gran visibilidad y servicio público en los edificios de la Unión y en el Estado de São Paulo. La demanda fue desestimada por el tribunal de primera instancia y el Tribunal Regional Federal de la Tercera Región (TRF-3), que consideró que la presencia de símbolos religiosos es una reafirmación de la libertad religiosa y el respeto por los aspectos culturales de la sociedad brasileña.

Luego, en contra de esta sentencia, el MPF presentó una apelación extraordinaria alegando una infracción a las disposiciones constitucionales.

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