Por extemporánea.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por cuatro estudiantes en contra de universidad frente a la aplicación de una exigencia distinta a otros alumnos para rendir un curso de inglés.
Corte de Valdivia señaló que no existe discriminación arbitraria hacia los recurrentes ya que conocían la forma de evaluación desde su incorporación a sus estudios universitarios.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia deducida por la Corte de Apelaciones de Valdivia que desestimó protección deducida por cuatro estudiantes en contra de la Universidad Austral, a quien denunciaron por haberles discriminado al aplicar una exigencia mayor en la evaluación de sus cursos de inglés en sedes distintas de la misma carrera en dicha casa de estudios.
La sentencia del tribunal de alzada indicó que, de los antecedes que obran en la causa, se entiende que la decisión de la recurrida, en cuanto a la exigencia de aprobación fue conocida por los alumnos, quienes a lo menos sabían que de las mismas estaban en años anteriores, pues llevaban un tiempo importante siendo evaluados por la Casa de Estudios. Indica la decisión de la Corte de Valdivia que lo anterior, debe considerarse para saber si la acción se ha formulado o no dentro del plazo que fija el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, que regula la materia.
En suma, indicó la Corte de Valdivia que en base a lo que ha informado la recurrida es que el objetivo que se persigue en las Sedes son distintos, lo que justifica el tratamiento desigual, ya que en la Sede Valdivia los alumnos son egresados con una certificación en idioma Inglés, cuestión que no ocurre en la Sede Puerto Montt. Por estas consideraciones y atendido el plazo transcurrido desde la toma de conocimiento de dicho tratamiento, es que el fallo de alzada señaló que la acción debe ser desestimada por extemporánea.
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