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Por unanimidad.

Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección en contra de DGAC por dictación de resolución que aceptó su renuncia, pero no se pronunció sobre las causas de la misma

La Corte de Apelaciones de Concepción indicó que del simple análisis de los documentos descritos no apareció antecedente alguno que permita concluir la existencia de un acto ilegal o arbitrario.

6 de mayo de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la resolución de la Corte de Apelaciones de Concepción que rechazó un recurso de protección deducido por un ex funcionario en contra de la Dirección General de Aeronáutica Civil por la dictación de una resolución que aceptó su renuncia, pero no se pronunció sobre las causas de la misma.

En el escrito, se señaló haber recurrido de acción de protección en contra de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) por la dictación de la Resolución N° 101/1217/2019; por medio de la cual,  se aceptó la solicitud de renuncia voluntaria del recurrente, pero no se pronunció sobre supuestas situaciones de hostigamiento, acoso laboral y amenazas que habría sufrido el recurrente por parte de otros funcionarios de la DGAC.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 1 y 4 de la Constitución.

En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Concepción indicó que, del simple análisis de los documentos descritos no apareció antecedente alguno que permita concluir la existencia de un acto ilegal o arbitrario en el origen del decreto por el cual se recurrió. En efecto, la resolución se encontró motivada y se originó precisamente en la “renuncia voluntaria” que presentó el recurrente, fundada en las razones que expuso.

El fallo agregó inmediatamente que, del mismo modo no se entendió de que forma la resolución afectó las garantías constitucionales que se alegan vulneradas, sobre todo si su origen se encuentra en un acto propio del recurrente de la cual obtuvo lo que solicitó.

La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 36798-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 47487 – 2019

 

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