En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Santiago rechaza demanda de empresa de alimentos por competencia desleal.
El Tribunal de alzada revocó con costas la sentencia impugnada, dictada por el 11° Juzgado Civil de Santiago, que había acogido la demanda.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la demanda deducida por la empresa Don Hugo S.A. por supuesta competencia desleal de extrabajadores de la elaboradora de productos alimentarios.
La sentencia indica que, desde una perspectiva mayor, es importante advertir que, conforme al derecho laboral, a un trabajador no le está vedado, por regla general, explotar de forma paralela, autónoma o en concurso con terceros, un giro competitivo con aquel que desarrolla su empleador, sin perjuicio que ello pueda ser materia de un pacto en sentido contrario, incorporado en su contrato de trabajo.
La resolución agrega que lo anterior implica que, para el ordenamiento jurídico, en principio no existe ilegitimidad en el hecho que para desarrollar ese giro paralelo en asociación o con participación de terceros, el trabajador traslade todo el conocimiento e información que adquiere, producto o en el marco de su relación laboral, ya que naturalmente es imposible exigirle que prescinda de dicho acervo, que es inherente a su persona.
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