Noticias

Primera Sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que permitiría sancionar a infractor del Código del Trabajo con montos variables en juicio contra una Universidad.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

21 de mayo de 2020

El Tribunal Constitucional admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 506 del Código del Trabajo.

La gestión pendiente incide en autos laborales, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, en actual conocimiento de la Corte de La Serena, por recurso de nulidad, en los que la requirente, una Universidad, es sancionada por diversas infracciones al Código del Trabajo, las cuales suman 300 UTM.

Al efecto, cabe recordar que la Universidad requirente estima que el precepto impugnado infringiría la igualdad ante la ley y el debido proceso, toda vez que estamos frente a una norma legal que sanciona de manera indeterminada sin una definición clara de parámetros para establecer que hechos constituyen una infracción, lo cual vulnera el deber del legislador de señalar con claridad la sanción aplicable a una infracción determinada, por lo cual es la propia administración, y no la ley, quien determina la sanción arbitraria, marco en el cual no existe relación de equilibrio entre el castigo impuesto y la conducta imputada, además de que no existe distinción ni clasificación de ellas.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado a las demás partes de la gestión invocada por el término de diez días. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 8637-20.

 

 

RELACIONADO
* Impugnan ante el TC normas del Código del Trabajo que incidirían en un caso de negociación colectiva vulnerando la igualdad ante la ley y la libertad sindical.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *